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Condenados con enfermedades mentales no podrán ser recluidos en centros penitenciarios

Aprueban en general medidas para condenados con enfermedades mentales

En ningún caso estos imputados serán recluidos en recintos penitenciarios, señala la iniciativa legal del Gobierno que fue aprobada este martes en general por el plenario de diputados.

El proyecto, aprobado por 107 votos a favor y 1 en contra, establece una serie de medidas para solucionar los problemas que se originan en el procedimiento penal con personas condenadas o imputadas y que padecen de alguna enfermedad mental.

El texto, ingresado a trámite en junio del año pasado, modifica el Código Procesal Penal y otros cuerpos legales en lo relativo al procedimiento y ejecución de medidas de seguridad para estas personas.

Ahora corresponde que la Comisión de Constitución lo analice en segunda discusión para analizar diversas indicaciones.

La iniciativa, identificada con el Boletín 5078 y que se encuentra en primer trámite constitucional, dispone que el procedimiento especial se aplicará sólo a quien sea inimputable como consecuencia de una enfermedad mental y siempre que existan antecedentes calificados que hagan presumir que existe riesgo para terceros. Para ello el juez deberá considerar, entre otros antecedentes, un informe médico de un especialista en psiquiatría.

Medidas

Tomando en consideración la complejidad y evolución de la enfermedad mental del sentenciado, el juez podrá determinar la medida de seguridad a aplicarse, la que podrá ser su custodia y tratamiento bajo la responsabilidad de su familia, guardador o de alguna institución pública o particular de beneficencia, socorro o caridad.

También podrá decretar su internación en establecimientos psiquiátricos que cuenten con atención de alta o mediana complejidad forense.

El proyecto de ley subraya que en ningún caso el sentenciado estará en un recinto penitenciario, y si la persona llegar a estar recluida, el tribunal deberá ordenar su traslado inmediato a la institución encargada de su custodia, tratamiento o internación, o al cuidado de quien lo tendrá a su cargo.

El proyecto de ley establece una serie de otros pasos destinados a determinar, al momento de la detención o en las 24 horas siguientes, si el imputado padece de alguna enfermedad mental que le impida comprender su situación o represente un riesgo para terceros.

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