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Dirección del Trabajo termina con las multas y ahora capacita a las Pyme

Dirección del Trabajo termina con las multas y ahora capacita a las Pyme

Conscientes de que las empresas de menor tamaño merecen un trato diferencial, el organismo público pone énfasis en orientar al sector en el cumplimiento de las normativas laborales.

 

Dirección del Trabajo y las Pyme

Más de seis mil micro, pequeños y medianos empresarios ya han utilizado el beneficio que da la Dirección del Trabajo de sustitución de multas por capacitación.

Para el organismo es una buena cifra y confían que irá en aumento, a medida que esta iniciativa se conozca en forma masiva.

La Directora Nacional del Trabajo, Patricia Silva, más que estar contenta con la cifra, reafirma el compromiso del organismo público.

“El propósito de nuestro actuar es la corrección de la conducta. Si cursamos la multa, esta se paga y las cosas siguen igual, no sirve de nada. Tenemos que lograr que se mejoren las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras”, explica.

En cuanto a la situación de las Pyme, aclara, la Dirección del Trabajo está conciente que muchos incumplimientos se deben al desconocimiento de las normas. Para eso, el Código Penal, a través del artículo 477, permite a este servicio público hacer la “sustitución de la multa por una capacitación”, a la que pueden acceder empresas con menos de nueve trabajadores.

Pero en consecuencia con el conocimiento que tiene la Dirección del Trabajo de la difícil situación de las empresas de menor tamaño, amplían este beneficio para empresas que tengan entre 10 y 25 trabajadores.

Esta “rebaja parcial de multa por capacitación”, busca ayudar a los pequeños empresarios y aliviarles el pago de las multas y orientarlos e informarlos en el cumplimiento de la normativa laboral.

¿Por qué capacitar?, "porque entendemos que el incumplimiento en este tipo de empresas se debe a la desinformación. Es un principio de buena fe. Nos interesa elevar los niveles de cumplimento laboral y eso significa capacitar a la gente, no tenemos duda respecto a eso”, aclara Silva.

Información útil

Si usted como empleador recibió una sanción con multa administrativa por la Dirección del Trabajo podrá solicitar, al mismo inspector que la cursó, el beneficio de una rebaja parcial de la multa aplicada por asistencia obligatoria a un programa de capacitación, gratuito, dictado por profesionales de la misma institución.

La información de este beneficio va adjuntada a la notificación de la multa. “La gente puede pedir, ya sea, la reconsideración de la multa, la rebaja parcial o la sustitución. Nuestro inspector les dice: señor, estas son las tres alternativas de beneficio que nosotros podemos establecer”, informa la directora del servicio.

Requisitos para optar al programa:

  • Tener entre 10 y 25 trabajadores contratados
  • Haber sido sancionado con multa por infracción a la normativa laboral o previsional.
  • Haber corregido la situación que dio origen a la multa dentro de los plazos legales (30 días).
  • No haber hecho uso de este beneficio dentro de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud
  • Presentar la solicitud de rebaja parcial de multa dentro de los 30 días corridos, contados desde la notificación de la multa.

Hay que tener presente que esta petición puede ser rechazada, si no cumple con los requisitos citados o si la empresa presenta un historial de faltas a la normativas laborales.

“Prima el historial. Si el empresario ha incurrido en faltas de forma continua, ha ido a varias capacitaciones y aún así no regulariza la situación, no hay beneficios”, enfatiza la Directora Nacional del Trabajo.

En el caso de que sea aceptada la solicitud, es obligatoria la asistencia del empleador o del representante legal de la empresa a la actividad de capacitación. Si no cumple con su ya obligación de asistir, estando legalmente citado, se mantendrá la sanción originalmente impuesta y se agregará otra multa por su inasistencia. Además no podrá hacer uso del beneficio dentro de los próximos 12 meses.

La capacitación tendrá una duración de 6 horas, distribuidas en dos medias jornadas. En casos calificados se podrá realizar una capacitación de 4 horas en un único día. “Ese es el tiempo que debe poner a disposición de la Dirección del Trabajo el empleador o el representante legal para efectos de ser capacitado en una materia específica. No es demasiado lo que deben invertir”, dice Silva.

Beneficios para los trabajadores:

  • Genera un impulso cualitativo de las buenas prácticas laborales
  • Incentiva a los empleadores a una corrección inmediata de las infracciones detectadas por la Dirección del Trabajo
  • El cumplimiento de la normativa laboral permite un mejoramiento del clima laboral al interior de las unidades productivas, inhibiendo los conflictos, propiciando la colaboración mutua, estableciendo una cultura de gestión moderna y orientada al cumplimiento.

Dirección del Trabajo y las Pyme

La directora del organismo público, Patricia Silva deja en claro que el servicio no está en contra de las Pyme, y que las mayores denuncias y/o multas estén en este sector, sólo se debe a que la gran mayoría de la fuerza laboral chilenas está en las empresas de menor tamaño.

Concientes de esta realidad, se han excluido a las Pyme de los programas de fiscalización y se han incluido en los planes de asistencia al cumplimiento, es decir, explica la directora, “apoyar el cumplimiento y no necesariamente fiscalizar y multar, salvo, obviamente, cuando se está frente a un infractor recurrente y esto muchas veces no depende del tamaño de la empresa”.

Si bien el Código Laboral no hace distinciones entre grandes y pequeños, la Dirección del Trabajo si quiso hacerlas. “Hemos aumentado los beneficios para las Pyme para poder darles un trato más amigable, que responda a una necesidad de capacitación e información. Esa ha sido la política de esta organismo, buscar la corrección de la infracción más que la mera multa”, apunta Silva.

María José Hernández

Fuente:www.diariopyme.com

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