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Aprueban tipificar los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas

Aprueban tipificar los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas

 

 

 

 

Por unanimidad la Sala del Senado aprobó en general el proyecto que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, y acordó remitir la iniciativa a la Comisión de Derechos Humanos y luego a la de Constitución, para su análisis en particular. Además, fijó como plazo, el próximo lunes 16 de junio para que los senadores hagan llegar sus indicaciones.

 

 

 

 

Aunque en un principio se pretendía remitir el proyecto en segundo trámite sólo a la Comisión de DD.HH, el senador Guillermo Vásquez planteó que ésta sólo sea analizada por la de Constitución, pues establece normas penales que deben ser analizadas por esa instancia.

 

 

 

Para no dilatar el análisis de este proyecto, el senador Juan Pablo Letelier propuso que la iniciativa fuera estudiada por ambas instancias, lo que fue acogido finalmente por la Mesa.

 

 

 

El senador Jaime Naranjo explicó los alcances de la iniciativa señalando que ésta modifica el Código Penal para tipificar los delitos antes citado y también el Código de Procedimiento Penal para establecer la protección de la integridad física y sicológica la identidad de las víctimas, medidas cautelares especiales e incorporar la figura del agente encubierto en la correspondiente investigación.

 

 

 

 

 

CONVENIOS INTERNACIONALES

 

 

 

El parlamentario explicó que en lo relativo a la tipificación de los delitos se acogieron los parámetros contenidos en el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por tierra, Mar y Aire, adoptado en el marco de la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacionalmente.

 

 

 

Respecto del tráfico ilícito de migrantes, señaló que los elementos sustanciales del mismo son la existencia de una persona que actúe como traficante, que el ingreso al país se realice en forma ilícita o requiera de sucesivos actos ilegales, y el pago al traficante por su servicio.

 

 

 

Sobre el delito de tráfico de personas, el senador Naranjo explicó que los elementos de ese ilícito son la movilización dentro o fuera del país de la víctima, siendo un elemento distintivo su situación de desarraigo, que a la víctima se le prive o limite su libertad y que el fin de tal conducta sea su explotación.

 

 

 

“El primero es un delito contra el Estado, por constituir una violación de las leyes migratorias, y el segundo es un delito contra las personas pues la víctima resulta privada de libertad, siendo considerada una forma de esclavitud y una flagrante violación a los derechos humanos”, advirtió.

 

 

 

El legislador destacó las modificaciones de las normas para los extranjeros en Chile, señalando que estos cambios tienden a establecer el derecho a las víctimas de tales delitos para solicitar una residencia  temporal por un período mínimo de seis meses, lo que elimina la amenaza de expulsión del país que utilizan los traficantes de personas para obtener el silencio de sus víctimas

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