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Justicia rechaza recurso de exportadores contra resolución del Ministerio de Economía

Justicia rechaza recurso de exportadores contra resolución del Ministerio de Economía

 

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo interpuesto por Asoex en contra de la resolución que incorporó el mes de abril para considerar el cálculo de los precios nudos de la electricidad en el sector.

 

 La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo económico presentado por la Asociación de Exportadores de Chile (Asoex) en contra de la resolución del Ministerio de Economía, la que incorporó el mes de abril para considerar el cálculo de los precios nudos de la electricidad en el sector.

 

En fallo unánime, el ministro Jorge Zepeda, la fiscal judicial Clara Carrasco y el abogado integrante Manuel Hazbún desestimaron el recurso presentado por la Asoex en contra del Decreto N° 311 del Ministerio de Economía, el que estableció tal cobro a partir de enero de 2008.

 

Los magistrados consideraron que no existen antecedentes que permitan argumentar que se configura un atentado a la libertad económica en la resolución adoptada por el Ministerio de Economía.

 

"Los antecedentes allegados a la causa por las partes y los ordenados agregar por esta Corte, sólo se refieren a aspectos netamente técnicos y legales sobre la fijación de las denominadas horas punta, pero no permiten demostrar la efectiva relación de este tema con la actividad que desarrollan las empresas hortofrutícolas por quienes se denuncia o de las terceras que se han hecho parte como coadyuvantes suyas. Es más, la propia denunciante no demostró cómo la nueva fijación efectuada por el Decreto Nº 311 afecta el derecho a desarrollar la actividad económica de sus empresas asociadas limitándose a efectuar meras afirmaciones que no se encuentran respaldadas mediante prueba alguna", dice el fallo.

 

La resolución agrega que "tampoco se advierte de los antecedentes del proceso que la actuación de la autoridad denunciada ponga freno o impida el desarrollo de la actividad económica de las empresas hortofrutícolas o de los terceros coadyuvantes, puesto que el decreto en cuestión se ha limitado a establecer una regulación de carácter general sobre la fijación de precios nudo para suministros de electricidad, sin afectar el derecho de las empresas antes mencionadas a desarrollar su actividad".

 

Fuente:emol

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