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Para reducir obesidad infantil , presentan proyecto para prohibir venta de comida chatarra en colegios

 

 

Proyecto que prohibe venta de de comida "chatarra" en colegios ayudaría a reducir obesidad infantil

 

 

 Como una importante herramienta que permitirá reducir los índices de obesidad en el país, sobre todo la que afecta a los niños, calificó el presidente de la Comisión de Salud, senador Guido Girardi, el proyecto, en primer trámite, que prohibe la venta y publicidad de comida chatarra en los colegios y sus alrededores.

 

 

 

 

El parlamentario, junto a la Ministra de Salud, María Soledad Barría, abordaron los alcances de la iniciativa que se vota mañana en la Sala del Senado y que también contempla la rotulación de los alimentos utilizando los colores rojo, amarillo y verde, al igual que un semáforo, para saber el factor de riesgo que puedan tener.

 

 

 

"La publicidad le mete sal y azúcar a los pollos, a los alimentos dulces, a todo. Estamos bombardeados por sal y azúcar y son invisibles y por eso este proyecto prohibe la publicidad, la venta, define lo que es un alimento chatarra y obliga a tener una rotulación que la gente entienda", dijo el legislador.

 

 

 

Según explicó el  20% de los niños entre seis y siete años son obesos en Chile y una de sus comidas preferidas es la denominada "chatarra", alta en grasas y colesterol.

 

 

 

"Los niños son el primer consumo en todos los grupos socioeconómico y esto es un verdadero desastre. Lamentablemente en los niños tenemos uno de los peores récords a nivel mundial", advirtió el legislador.

 

 

 

Asimismo, dijo que la mala alimentación es la mayor preocupación en materia sanitaria, ya que el 80% de la población adulta es sedentaria.

 

 

 

El proyecto de ley está enfocado en la población de mayor riesgo y como medida se prohibirá la publicidad de todos los alimentos que contengan altos niveles de sal, azúcar y grasas, además se eliminará su venta en colegios y a menores de 18 años.

 

 

 

En tal sentido señala que "los alimentos o comida preparada que presenten la condición sanitaria de alimento con altos contenidos de nutrientes indicadores de exceso, no podrán expenderse, ni comercializarse dentro de establecimientos educacionales de educación básica y media, ni a menos de 100 metros de distancia de ellos".

 

 

 

PRINCIPALES CAMBIOS

 

 

 

En lo fundamental el proyecto -que fue originado en una moción de los integrantes de la Comisión de Salud, senadores Evelyn Matthei, Guido Girardi, Carlos Ominami, Mariano Ruiz-Esquide y Carlos Kuschel- apunta a dotar a la población de la información necesaria que le permita saber efectivamente qué tipo de alimentos está consumiendo.

 

 

 

Para ello se establece un marco regulatorio especial sobre seguridad alimentaria y alimentación saludable, que advierte los riesgos de consumir alimentos nocivos para la salud.

 

 

 

En tal sentido, la iniciativa dispone que todos los que comercialicen alimentos destinados al consumo humano deberán asegurar su inocuidad, fomentar un consumo racional y saludable, e "informar veraz e íntegramente sobre la composición de sus productos , subproductos y componentes".

 

 

 

Además, se entrega una definición de "nutrientes indicadores de calidad de dieta" como todos aquellos cuyo contenido excesivo o deficitario en los alimentos pueden constituir un factor de riesgo para la salud de las personas, incluyendo efectos de largo plazo como la prevalencia o severidad de enfermedades crónicas relacionadas con la nutrición.

 

 

 

Los fabricantes, distribuidores e importadores de alimentos deberán declarar y rotular el contenido de nutrientes indicadores de calidad de dieta en el envase o rótulo del producto e informar de ello a la autoridad sanitaria. Se obliga a rotular el contenido de grasas totales, grasas saturadas, grasas trans, azúcar, sodio, fibra y calcio.

 

 

 

Por otra parte, los establecimientos educacionales deberán incluir en sus programas de estudios, hábitos de una alimentación saludable y los efectos nocivos de una dieta excesiva en grasas, grasas saturadas, azúcares, sodio y otros alimentos cuyo consumo en determinadas cantidades o volúmenes pueden representar un riesgo para la salud.

 

 

 

Quienes infrinjan esas disposiciones, se arriesgan al pago de multas que fluctúan entre las 50 y las 5.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir entre $ 1.733.400 y $173 millones.

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