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POLÍTICA

Agricultores que cuenten con contratos de arriendo de por lo menos 5 años podrán postular a proyectos de riego

 

Agricultores que cuenten con contratos de arriendo de por lo menos 5 años podrán postular a proyectos de riego

 

 

 

En condiciones de ser votado por la Sala del Senado, a partir de la primera semana de abril, quedó el proyecto, en segundo trámite, que permitirá a los agricultores arrendatarios de predios postular a este tipo de beneficios para obras de riego y drenaje.

 

 

 

 

Ello, luego de que la Comisión de Agricultura estableciera como requisitos que los contratos de arriendo sean al menos por 5 años y que cuenten con la autorización respectiva de la Dirección General de Aguas.

 

 

 

El senador Juan Antonio Coloma, presidente de la instancia resaltó la importancia de precisar con claridad cuál será el plazo mínimo que debe tener un contrato de arriendo de un predio para poder acceder al beneficio.

 

 

 

Cabe recordar que, el proyecto modifica la ley de Fomento de Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje, a objeto de permitir que los agricultores arrendatarios puedan postular a los proyectos de riego. Esto, considerando que las obras que efectúe el arrendatario en el predio pueden aumentar el avalúo del mismo, con el consiguiente beneficio para el Estado, a través del impuesto territorial.

 

 

 

El parlamentario aseguró que si bien dicho cuerpo legal ha sido exitoso, pues lleva muchos años mejorando las condiciones de producción agrícola en diversos lugares del país, "muchos predios agrícolas son arrendados y si estamos generando un fondo para mejorar los predios, la idea es que no solamente incorporemos a los propietarios, sino que también a los arrendatarios".

 

Actualmente, sólo pueden postular a los proyectos de riego los agricultores propietarios, y en el caso de agricultores arrendatarios sólo pueden hacerlo aquellos que presentan un contrato de arrendamiento a 12 años y sus derechos de usufructo.

 

Sin embargo, hay que destacar que en Chile la mayoría de los agricultores son pequeños y medianos, y muchos de ellos son arrendatarios.

 

 

 

Por ello, esta iniciativa apunta a garantizar la igualdad de oportunidades para los agricultores que arrienda, dado que ellos también generan riqueza para nuestro país y utilizan una gran mano de obra, ayudando a la generación de empleos en la diferentes regiones agrícolas.

 

 

 

De este modo, la ley bonifica hasta en el 75% el costo de estudios, construcción y rehabilitación de obras de riego o drenaje, y las inversiones en equipos y elementos de riego mecánico.

 

 

 

Esto, siempre que se ejecuten para incrementar el área de riego, mejorar el abastecimiento de agua en superficies regadas en forma deficitaria, perfeccionar la eficiencia de la aplicación del agua de riego o habilitar suelos agrícolas de mal drenaje y, en general, toda obra de puesta en riego, habilitación y conexión, cuyos proyectos sean seleccionados y aprobados en la forma que se establece en esta ley.

5 años de cárcel a quienes roben y reduzcan cables y cañerías de servicios básicos.

 

Aprueban duras sanciones para quienes roben y reduzcan cables y cañerías de servicios básicos

 

Penas de hasta cinco años de cárcel contempla el proyecto que sanciona el robo, hurto y reducción de piezas o elementos que formen parte de las redes de suministros de servicios públicos domiciliarios, tales como electricidad, gas, agua, alcantarillado y teléfono entre otros. La iniciativa que también obliga a las empresas a pagar los costos de reposición de los servicios en los casos de robo, quedó en condiciones de ser votada por la Sala del Senado, luego que la Comisión de Constitución finalizara con su discusión en particular. Según explicó el senador Alberto Espina, integrante de esa instancia, este proyecto permitirá proteger a los usuarios de los constantes perjuicios a los que se ven expuestos cuando son víctimas del robo o hurto de los elementos que forman parte de las redes de suministros de servicios básicos

Publicada Ley 20.253 que otorga mayores atribuciones a la policía

Publicada Ley 20.253 que otorga mayores atribuciones a la policía




El 14 de marzo fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº 20.253, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materia de seguridad ciudadana para reforzar las atribuciones preventivas de las policías.   Entre las normas estipuladas por este instrumento legal figuran el control de identidad, que podrá aplicarse a personas sospechosas, y la ampliación de la flagrancia hasta en doce horas.   Otras disposiciones de la ley agregan a la violación de menores entre los delitos graves que amparan a quienes los reprimen con la presunción legal de haber actuado en legítima defensa, y consideran como circunstancia agravante haber sido condenado anteriormente por delitos de la misma especie o por aquellos que tengan señalada en la ley igual o mayor pena.   La ley fue tramitada desde julio del año pasado y se originó en un proyecto que recogió planteamientos hechos por diez mociones de diputados.   La ley permite a las policías revisar las órdenes de detención pendientes que puedan afectar a una persona controlada, y si del registro de sus ropas, equipaje o vehículo, aparecen indicios de ha cometido un delito, podrán proceder a su detención, sin necesidad de orden judicial.   La normativa obliga a Carabineros e Investigaciones a mantener una base de datos unificada y actualizada, de las personas que registren órdenes de detención pendientes.  

Habrá tres registros de lobbistas

Habrá tres registros de lobbistas




Concluyó su trabajo la comisión mixta de diputados y senadores que consensuó los últimos cambios al proyecto de ley del gobierno que regulará la actividad del lobby o cabildeo. El texto señala que existirán tres registros de lobbistas que estarán radicados en la Cámara de Diputados, en el Senado y en el ministerio de Justicia.

La iniciativa, que busca fortalecer la transparencia en las relaciones con el Estado, define al lobby como la actividad profesional de promoción, defensa o representación de intereses de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas.

Los lobbistas estarán obligados a informar semestralmente sobre las autoridades, miembros y funcionarios y organismos ante las cuales desarrollen gestiones de intereses propios o en representación de terceros.

Los informes deberán señalar las materias en las que hayan intervenido, los intereses que hayan promovido y los objetivos de cada una de las gestiones realizadas.

Los lobbistas que no cumplan con la futura ley sufrirán una escala gradual de penalizaciones que comienzan con amonestación escrita; multa de hasta 150 UTM  (5 millones de pesos, aproximadamente, a valores de marzo de 2008); suspensión del Registro Público hasta por tres años; y eliminación en alguno de los registros, lo que acarreará la eliminación automática en los demás.

Crean comisión investigadora de concesiones carcelarias por perjuicio a pequeñas empresas

Crean comisión investigadora de concesiones carcelarias

La Sala de la Cámara aprobó, por 69 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, crear una comisión investigadora del proceso de concesiones carcelarias impulsado por la  administración de Ricardo Lagos Escobar.

La instancia, solicitada por 48 diputados, tendrá un plazo de 120 días para determinar las responsabilidades públicas involucradas, el perjuicio económico para las pequeñas y medianas empresas que participaron en estas obras y el impacto negativo generado en materia de seguridad ciudadana a raíz del incumplimiento de los plazos y metas trazadas.

El objetivo es elaborar propuestas tendientes a mejorar el proceso y de informar a la ciudadanía respecto de la realidad carcelaria de Chile.

Aprobada ley que rebajará en 52 pesos el litro de bencina

Aprobada ley que rebajará en 52 pesos el litro de bencina

Por 71 votos a favor y 19 abstenciones, la Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto que establece, entre otras medidas, una rebaja de 2 años al impuesto que se aplica a las gasolinas.

La iniciativa (boletín 5752), que ahora será enviada a la Presidenta de la República para su firma y promulgación, fue modificada en el Senado en lo relativo a la franquicia tributaria que se otorga a las empresas constructoras.

De esta forma, el proyecto focaliza el beneficio tributario del IVA a la construcción en viviendas con un tope de hasta 225 UF por cada vivienda cuyo valor no exceda de 4.500 UF.

Rebaja a impuesto a los combustibles

El texto legal propone una rebaja, durante 24 meses, del impuesto específico a las gasolinas automotrices, actualmente fijado en 6 UTM por metro cúbico, a 4,5 UTM por metro cúbico, lo que se traducirá en una rebaja de $52 por litro para los automovilistas.

Asimismo, dispone un beneficio para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, es decir para aquellos contribuyentes que declaren el IVA por medios electrónicos o en la forma no electrónica que el Servicio de Impuestos Internos determine, y que paguen el impuesto de timbres y estampillas.

Mediante esta iniciativa, las Pymes con ingresos declarados de hasta por 60 mil unidades tributarias mensuales, en los tres años anteriores al periodo tributario en que corresponda agregar el crédito por impuesto de timbre y estampillas, podrán compensar este tributo a través del descuento de sus pagos tributarios por IVA.

Fomento a autos ecológicos

Otra de las medidas que contempla el texto legal, es la devolución del valor de los permisos de circulación para los automóviles híbridos inscritos en el registro de autos motorizados entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de marzo de 2010.

En el caso de los vehículos híbridos cuyo valor en su primera venta sea inferior a 730 UF, la bonificación del pago de la patente será por 4 años; en tanto, los vehículos cuyo valor sea igual o superior a 730 UF, el beneficio se aplicará por 2 años.

En tanto, no podrán acceder a la bonificación los vehículos cuyo valor total, al momento de su primera venta, sea superior a 1.220 UF.

Cortes de Apelaciones deben trabajar los días feriados en salas de turno

Cortes de Apelaciones deben trabajar los días feriados en salas de turno

Así lo dispone la nueva ley 20.253 que otorga facultades a las policías y restringe las libertades provisionales de los imputados.

La ley, publicada el 14 de marzo en el Diario Oficial, modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal en materia de seguridad ciudadana. Entre sus normas figuran el control de identidad, que podrá aplicarse a personas sospechosas, y la ampliación de la flagrancia hasta en doce horas.

La nueva normativa no permite a los jueces de garantía dejar en libertad a los imputados de delitos graves, como robos, asaltos, homicidios, abusos sexuales o los que castiga la Ley de Drogas, si los fiscales apelan a la Corte de Apelaciones.

La Corte debe resolver a más tardar el día siguiente hábil, y si ese día es feriado, debe establecer una sala de turno para conocer de estas apelaciones, ya sea para confirmarlas o revocarlas.

La disposición respectiva de la ley 20.253 señala lo siguiente:

"Tratándose de los delitos establecidos en los artículos 141, 142, 361, 362, 365 bis, 390, 391, 433,436 y 440 del Código Penal, y los de la ley N° 20.000, que tengan pena de crimen, el imputado no podrá ser puesto en libertad mientras no se encuentre ejecutoriada la resolución que negare o revocare la prisión preventiva, salvo el caso en que el imputado no haya sido puesto a disposición del tribunal en calidad de detenido. El recurso de apelación contra esta resolución deberá interponerse en la misma audiencia, gozará de preferencia para su vista y fallo y será agregado extraordinariamente a la tabla el mismo día de su ingreso al tribunal de alzada, o a más tardar a la del día siguiente hábil. Cada Corte de Apelaciones deberá establecer una sala de turno que conozca estas apelaciones en días feriados".

Senador Carlos Ignacio Kuschel dice que Presidenta de la República impide avanzar en energía nuclear para generar energía eléctrica más barata.

  Comentario del Senador Carlos Ignacio Kuschel sobre la crisis energética de Chile. 

 

Falta de energía en el sur y solución de países vecinos.

Hace 10 años en el sur de Chile estamos ras- ras con la disponibilidad de energía.

 

De los Ángeles - Charrúa a Temuco hay un estrangulamiento en la capacidad de transporte eléctrico, que se ha ampliado en forma intermitente e insuficientemente. Sólo Valdivia y Chiloé (Degañ) tienen pequeñas centrales diesel de respaldo. En Osorno y Puerto Montt aún no. Existe un proyecto en Trapén. En Valdivia hay respaldo pequeño. En Puerto Montt la demanda por energía crece entre 10 y 15% al año. En Quellón, la demanda crece aún más al igual que en todo Chiloé, especialmente en Chonchi y Dalcahue. En Osorno y demás zonas la demanda crece "sólo" sobre el 5% anual. En el sur necesitamos mucha energía, ya no nos sobra la generación hidroeléctrica como antes, ni nos alcanza la que viene del norte, se está generando un poco acá cerca de las zonas de mayor consumo. Nuestra falta de energía se agrava porque avanzamos en un segundo año seco, con poco agua en nuestros embalses y con niveles críticos en el Lago Chapo otra vez.

La Presidenta impide avanzar en energía nuclear que está empezando a ser económica en los niveles de precio y escasez actuales. Por este camino vamos a terminar comprando de Argentina o Brasil, que están con proyectos en marcha. El problema es de nuevo la dependencia y la inseguridad además de los costos. Pero así y a ese precio, después de mucho tiempo se aprende en Chile.

Mientras tanto seguiremos con campañas de ahorro y aumentos de precios dañando la competitividad económica del Sur de Chile que necesita energía para procesar los productos del mar, del agua y forestales que se exportan cada vez más elaborados aprovechando las oportunidades arancelarias que nos entregan los acuerdos económicos internacionales.